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Francia: acampada, vivac, fuego y normas de montaña

Información orientativa revisada el 19 de septiembre de 2026. La norma aplicable es la oficial enlazada.

Acampada, vivac y fuego

Acampada Con restricciones

El Code de l'urbanisme (art. R111-32 a R111-35) permite acampar con el consentimiento de quien tiene el uso del terreno y salvo oposición del propietario, pero lo prohíbe, salvo derogación, en el litoral, en los sitios clasificados o inscritos y cerca de las captaciones de agua potable. El plan local de urbanismo puede añadir restricciones y el alcalde puede prohibirlo si afecta a la salubridad, la seguridad o la tranquilidad públicas, anunciándolo con carteles. En la zona núcleo del Parc national des Pyrénées la acampada con tienda o vehículo está prohibida.

Vivac Con restricciones

El bivouac (una sola noche, tienda o vivac ligero montado al anochecer y recogido al alba) no está prohibido con carácter general fuera de los sitios donde una norma lo excluya expresamente. Dentro de la zona núcleo de los parques nacionales se admite con condiciones estrictas: en el Parc national des Pyrénées, solo entre las 19:00 y las 9:00 y a más de una hora a pie de cualquier acceso motorizado o del límite de la zona núcleo (hay además zonas de vivac señalizadas junto a algunos refugios). Cada parque nacional fija sus propios horarios y distancias en su reglamento, así que hay que consultarlo antes de subir.

Esta norma es de 2009: confírmalo con Parc national des Pyrénées (https://www.pyrenees-parcnational.fr/) antes de salir.

Fuego Con restricciones

Época de peligro: Variable por departamento: la fija cada prefecto por arrêté; consulta la web de la préfecture del departamento donde vayas a estar.

El Code forestier (art. L131-1) prohíbe a cualquier persona que no sea el propietario, o quien tenga su permiso, encender o llevar fuego en los terrenos arbolados y hasta 200 metros de ellos, y (art. L131-1-1) prohíbe fumar en esa misma franja durante el periodo de riesgo que fija el prefecto. El prefecto de cada departamento puede además restringir o prohibir totalmente el uso del fuego, la circulación por pistas forestales y el uso de material inflamable mediante arrêté préfectoral, con fechas y niveles de restricción que varían de un departamento a otro.

Antes de salir y en caso de emergencia

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Clubes y federaciones

Francia no tiene una ley única que prohíba o permita dormir al raso en el monte: el marco general lo fijan el Code de l’urbanisme, el Code forestier y, sobre el terreno, las prefecturas y los ayuntamientos, que pueden endurecer la norma general con sus propios decretos.

Camping sauvage frente a bivouac. La práctica distingue dos situaciones. El camping fuera de un camping organizado se rige por el Code de l’urbanisme: se permite con el consentimiento de quien tiene el uso del terreno, pero está prohibido, salvo derogación, en el litoral, en los sitios clasificados o inscritos y cerca de las captaciones de agua potable, y el alcalde puede prohibirlo en su municipio si afecta a la salubridad, la seguridad o la tranquilidad públicas, siempre que lo anuncie con carteles en los accesos. El bivouac (una sola noche, con tienda ligera o vivac, montado al anochecer y recogido al alba) no tiene una prohibición general: se tolera salvo que una norma local, un espacio protegido o un parque lo excluyan expresamente.

Parques nacionales. En la zona núcleo del Parc national des Pyrénées, la acampada con tienda, vehículo o autocaravana está prohibida, incluso en los aparcamientos, salvo autorizaciones para el pastoreo o trabajos. El bivouac sí se admite, pero con condiciones estrictas: solo entre las 19:00 y las 9:00 (la tienda se monta después de las 19:00 y se recoge antes de las 9:00) y a más de una hora a pie de cualquier acceso motorizado o del límite de la zona núcleo; junto a algunos refugios hay zonas de vivac señalizadas. Cada parque nacional francés fija sus propios horarios y distancias en su reglamento y en la carta del parque, así que conviene consultarlo en la Maison du Parc más cercana antes de subir.

Fuego. El Code forestier prohíbe a cualquier persona que no sea el propietario, o quien tenga su permiso, encender o llevar fuego en los terrenos arbolados y hasta 200 metros de ellos, y prohíbe fumar en esa misma franja durante la época de riesgo que fija cada prefecto. Además, el prefecto de cada departamento puede restringir o prohibir totalmente el uso del fuego, limitar la circulación por pistas forestales y prohibir materiales inflamables mediante un arrêté préfectoral, con fechas y niveles de restricción que cambian de un departamento a otro y se publican en la web de cada préfecture.

Emergencias. El número único es el 112, válido en todo el país; para personas sordas o con dificultades auditivas existe el 114 (SMS, chat o videollamada). En montaña, el rescate lo hacen según la zona el PGHM (Peloton de Gendarmerie de Haute Montagne), las CRS de montaña o los bomberos; conviene no colgar hasta que lo haga el operador.

Refugios y federaciones. La red de refugios de montaña más extensa la gestiona la FFCAM (Fédération française des clubs alpins et de montagne), sobre todo en los Alpes y los Pirineos; la FFRandonnée (Fédération française de la randonnée pédestre) se ocupa sobre todo de los senderos de gran recorrido y también publica información de refugios. Antes de salir conviene reservar plaza y preguntar por la normativa local de bivouac en la oficina del parque o la préfecture correspondiente.

Normativa citada

Fuentes