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Castilla y León: acampada, vivac, fuego y normas de montaña

Información orientativa revisada el 19 de septiembre de 2026. La norma aplicable es la oficial enlazada.

Acampada, vivac y fuego

Acampada Prohibido

La Orden FYM/510/2013 prohíbe la acampada libre en todos los montes, arbolados o no, y en la franja de 400 metros que los rodea, durante todo el año: la acampada solo se permite en lugares habilitados (campings y zonas de acampada). Los espacios naturales pueden añadir normas propias.

Vivac Con restricciones

No hemos encontrado una norma autonómica general que regule el vivac sin tienda fuera de los espacios protegidos; consulta con el Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia o con la casa del parque del espacio. Sí lo regulan los PRUG de los parques nacionales. En Picos de Europa solo se permite el vivac ligado a la montaña y la escalada, hasta un máximo de 3 noches y siempre por encima de 1.800 m, salvo el vivac en pared y, en invierno, en la Vega La Sotín para escalar el Friero; con mal tiempo o fuerza mayor se puede usar tienda a esa misma cota y los grupos organizados de más de 10 personas necesitan autorización. En la vertiente segoviana de Guadarrama se permite en las zonas del Anexo III del PRUG y, fuera del periodo 15 de junio-15 de octubre, por encima de 2.000 m en grupos de hasta 5 personas.

Fuego Con restricciones

Época de peligro: Alto: al menos del 12 de junio al 12 de octubre (orden anual; puede ampliarse). Medio: sin fechas fijas, se declara por resolución cuando el riesgo lo exige. Bajo: el resto del año.

En el monte y su franja de 400 metros están prohibidas todo el año las hogueras y fogatas (solo las pueden hacer pastores y trabajadores forestales, y únicamente en época de peligro bajo). En época de peligro alto se prohíbe además el uso de asadores, barbacoas, hornillos y cualquier otro elemento que pueda causar fuego en el monte, salvo excepciones tasadas. En situaciones de alerta por peligro meteorológico se prohíbe encender fuego incluso en zonas recreativas y de acampada habilitadas.

Fauna

oso pardo

La montaña cantábrica de León y Palencia tiene presencia de oso pardo. Si ves uno cerca, no te acerques, no le des la espalda para correr, lleva al perro atado y avisa al 112, sobre todo si está junto a un pueblo o al ganado.

lobo

Castilla y León tiene buena parte de la población española de lobo ibérico y un protocolo oficial de peritación de ataques al ganado. En zonas de pasto, no dejes comida al alcance en el vivac y da un rodeo amplio a los rebaños y a sus mastines.

Antes de salir y en caso de emergencia

Equipo y artículos relacionados

Clubes y federaciones

En Castilla y León la norma que más pesa sobre quien duerme en el monte no es la ley de montes, sino la orden de incendios: la Orden FYM/510/2013 prohíbe la acampada libre en todos los montes, arbolados o no, y en la franja de 400 metros que los rodea, durante todo el año. La acampada solo se permite en lugares habilitados, es decir, campings y zonas de acampada.

Vivac

Para el vivac sin tienda no hemos encontrado una norma autonómica general, así que fuera de los espacios protegidos conviene preguntar al Servicio Territorial de Medio Ambiente de la provincia. Donde sí está regulado con detalle es en los parques nacionales.

En la parte leonesa de Picos de Europa, el PRUG aprobado en diciembre de 2025, con el mismo articulado que los de Asturias y Cantabria, solo permite el vivac ligado a la montaña y la escalada, hasta 3 noches y siempre por encima de 1.800 metros. Las excepciones son el vivac en pared y, en invierno, la Vega La Sotín para escalar el Friero. Con mal tiempo o fuerza mayor se puede montar tienda a esa misma cota, de noche, y los grupos organizados de más de 10 personas necesitan autorización.

En la vertiente segoviana de Guadarrama, su PRUG permite el vivac en las zonas señaladas y, fuera del periodo del 15 de junio al 15 de octubre, por encima de 2.000 metros en grupos de hasta 5 personas. Para otros espacios, como Gredos, consulta con la casa del parque antes de subir: no hemos podido leer una norma única que fije los umbrales.

Fuego

La época de peligro alto cubre siempre, como mínimo, del 12 de junio al 12 de octubre, y la Junta puede ampliarla o declarar épocas de peligro medio cuando el tiempo lo exige. Las hogueras y fogatas están prohibidas todo el año en el monte y su franja de 400 metros (solo pastores y trabajadores forestales pueden hacerlas, y únicamente en época de peligro bajo). En época de peligro alto se prohíben también los asadores, barbacoas y hornillos en el monte, y durante las alertas meteorológicas ni siquiera se puede encender fuego en las zonas recreativas habilitadas.

Oso y lobo

La montaña cantábrica de León y Palencia tiene oso pardo: si ves uno cerca, no te acerques, no corras dándole la espalda, lleva al perro atado y avisa al 112. Castilla y León concentra además buena parte del lobo ibérico; la Junta tiene un protocolo de peritación de ataques al ganado. En zonas de pasto, guarda la comida y rodea con amplitud los rebaños y sus mastines.

Emergencias y a quién consultar

El 112 coordina cualquier emergencia y la Guardia Civil (GREIM) se encarga del rescate en montaña. La web de Medio Natural de la Junta publica las épocas y alertas de incendio, y el parque de Picos atiende las visitas de la vertiente leonesa en el 987 684 779. La Federación de Deportes de Montaña de Castilla y León agrupa a los clubes de la comunidad.

Normativa citada

Fuentes