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Extremadura: acampada, vivac, fuego y normas de montaña

Información orientativa revisada el 19 de septiembre de 2026. La norma aplicable es la oficial enlazada.

Acampada, vivac y fuego

Acampada Prohibido

El artículo 66 de la Ley 2/2011 de Turismo, desarrollado por el Decreto 46/2025, solo permite acampar dentro de campamentos de turismo o campings, zonas de acampada de titularidad pública, áreas de autocaravanas y acampadas provisionales autorizadas para eventos. Fuera de esos supuestos, instalar una tienda, caravana o cualquier elemento habitable para pernoctar se considera acampada libre y es infracción administrativa de turismo. Dentro del Parque Nacional de Monfragüe la acampada y el estacionamiento de caravanas están prohibidos por completo (art. 42.9 del PRUG), así que hay que pernoctar en establecimientos autorizados o en campings de fuera del parque.

Vivac Sin regulación específica

Ni el Decreto 46/2025 ni la Ley 8/1998 de Conservación de la Naturaleza mencionan el vivac como figura distinta de la acampada: la definición legal de "acampada libre" se centra en tiendas, caravanas y "elementos similares", así que dormir al raso con solo un saco de dormir no encaja del todo en ella, pero tampoco existe una norma que lo autorice expresamente. Dentro de espacios protegidos como Monfragüe la prohibición de pernoctar fuera de establecimientos autorizados sí es explícita y cubre también el vivac.

Fuego Prohibido

Época de peligro: Del 1 de junio al 15 de octubre de 2026 (Orden de 26 de mayo de 2026, prorrogable por resolución si el riesgo meteorológico lo justifica)

Durante la época de peligro alto, la orden anual prohíbe en suelo rústico y en la franja de 30 metros de suelo urbano colindante las hogueras y barbacoas, también para cocinar (solo se admiten equipos de gas), y el uso de las barbacoas fijas de áreas recreativas y de acampada. Los días en que AEMET prevé riesgo muy alto o extremo se prohíbe encender fuego en cualquier espacio abierto, incluidas las zonas habilitadas, y la pirotecnia. En época de peligro bajo se permiten hogueras y barbacoas portátiles de menos de 1 m de diámetro, vigiladas y con 2 m desbrozados alrededor. Dentro de Monfragüe no se puede hacer fuego en ningún momento del año (art. 42.8 del PRUG).

Fauna

buitre negro

Monfragüe alberga una de las mayores colonias reproductoras de buitre negro del mundo. El PRUG protege sus zonas de nidificación —como la Sierra de Peñafalcón, declarada zona de reserva— con acceso restringido a labores de gestión e investigación autorizada; no te acerques a los roquedos de cría ni hagas ruido en los miradores.

Accesos y cupos

Acceso

La zona de reserva de Peñafalcón y otras áreas de nidificación dentro de Monfragüe están cerradas al público en general según la zonificación del PRUG; la visita se hace desde carreteras y miradores habilitados, sin salirse de sendas y caminos.

Antes de salir y en caso de emergencia

  • Emergencias 112: 112
  • Centro de Visitantes de Villarreal de San Carlos (Parque Nacional de Monfragüe) · 927 199 134

Equipo y artículos relacionados

Clubes y federaciones

En Extremadura la acampada libre está prohibida de forma general: solo se puede acampar en campings, en zonas de acampada de titularidad pública, en áreas de autocaravanas o en acampadas puntuales autorizadas para eventos, según el reglamento de campamentos turísticos que la Junta renovó en 2025. Cualquier tienda, caravana o “elemento similar” instalado fuera de esos supuestos para pernoctar cuenta legalmente como acampada libre, con sanción de turismo si te descubren.

El vivac —dormir al raso con saco de dormir, sin tienda ni estructura— no aparece regulado como algo distinto de la acampada en ninguna norma autonómica que hayamos podido verificar. Eso no significa que esté prohibido igual que una tienda de campaña: la propia definición legal de acampada libre habla de tiendas, caravanas y “elementos habitables similares”, una descripción que encaja mal con un simple saco bajo las estrellas. Aun así, es una zona gris real y sin norma explícita que la resuelva, así que en zonas concurridas o dentro de espacios protegidos lo prudente es no dar el vivac por garantizado.

El caso donde no hay ninguna duda es el Parque Nacional de Monfragüe, el espacio protegido de referencia en Extremadura para hablar de restricciones fuertes. Su Plan Rector de Uso y Gestión, renovado en 2025, prohíbe expresamente la acampada libre en cualquier modalidad y la pernocta fuera de los establecimientos hosteleros autorizados dentro del parque, y aparcar vehículos o caravanas fuera de los lugares y horarios habilitados. Quien quiera acampar tiene que hacerlo en campings de fuera del parque. Encender fuego también está prohibido en todo el parque salvo autorización excepcional por motivos fitosanitarios o de conservación.

Fuera de los parques, la época de peligro alto de incendios —del 1 de junio al 15 de octubre de 2026, según la orden anual del Plan INFOEX— prohíbe las hogueras y barbacoas en suelo rústico (solo se admiten equipos de gas) y cierra las barbacoas fijas de áreas recreativas y zonas de acampada; los días de riesgo muy alto o extremo no se puede encender fuego en ningún espacio abierto. Estas fechas se declaran cada año por orden.

Monfragüe alberga además una de las mayores colonias de buitre negro del planeta, con zonas de nidificación —como la Sierra de Peñafalcón— declaradas zona de reserva y cerradas al acceso general; obsérvalas desde los miradores habilitados, sin acercarte a los roquedos ni salirte de sendas. Para cualquier emergencia en el monte extremeño, el 112 es el número único, y el Centro de Visitantes de Villarreal de San Carlos es el punto de partida recomendado para cualquier visita a Monfragüe. La Federación Extremeña de Montaña y Escalada (FEXME) agrupa a los clubes de la región.

Normativa citada

Fuentes

Espacios y zonas con normas propias