Melilla: acampada, vivac, fuego y normas de montaña
Información orientativa revisada el 19 de septiembre de 2026. La norma aplicable es la oficial enlazada.
Acampada, vivac y fuego
Acampada Prohibido
Melilla no tiene territorio de montaña propio: el Gurugú queda fuera de sus límites, en Marruecos. No hemos encontrado una norma específica de acampada en el monte; la que sí existe es la prohibición de campamentos y acampadas en las playas de la Ley de Costas (art. 33.5), que las normas de uso de playas de la Ciudad Autónoma recogen: solo pueden habilitarse, dentro del Plan de Playas, lugares para tiendas que no se mantengan durante la noche. Para parques y zonas verdes no hemos encontrado una norma que ampare la acampada.
- Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas (art. 33.5: prohibición de campamentos y acampadas en las playas) (1988) · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (costas); Ciudad Autónoma de Melilla (normas de uso de playas)
Esta norma es de 1988: confírmalo con Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (costas); Ciudad Autónoma de Melilla (normas de uso de playas) (https://www.melilla.es) antes de salir.
Vivac Sin regulación específica
No hemos encontrado una norma que regule específicamente el vivac en Melilla. Al no haber territorio de montaña, dormir al raso en un espacio público choca con las mismas prohibiciones que la acampada en las playas o con las normas de uso de parques y zonas verdes; consulta con la Policía Local o la Consejería de Medio Ambiente antes de intentarlo.
Fuego Con restricciones
Época de peligro: barbacoas prohibidas de junio a septiembre en Rostrogordo y espacios naturales protegidos; prohibiciones temporales adicionales por orden
El Reglamento de protección de la infraestructura verde de la Ciudad Autónoma (2023) prohíbe encender fuego fuera de las zonas autorizadas en parques periurbanos y forestales y en los espacios de la Red Natura 2000, y según la Orden 0647/2024 una resolución de la consejería prohíbe cualquier barbacoa de junio a septiembre en el Parque Periurbano de Rostrogordo y en los espacios naturales protegidos. En julio de 2024 esa orden prohibió además, de forma temporal, encender fuego incluso en las zonas habilitadas de Rostrogordo y otras zonas verdes. Comprueba cada verano si hay una prohibición vigente.
- Orden n.º 0647, de 25 de julio de 2024, del Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza, relativa a prohibición temporal de encender fuego en las zonas habilitadas para ello en el Parque Periurbano de Rostrogordo u otras zonas verdes (BOME extraordinario núm. 47) (2024) · Ciudad Autónoma de Melilla (Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza)
Antes de salir y en caso de emergencia
Equipo y artículos relacionados
Clubes y federaciones
- Federación de Montañismo y Escalada de Melilla (FMEM)
Melilla es, de las dos ciudades autónomas, la que tiene menos terreno natural propio: su elevación más conocida, el Monte Gurugú, está fuera de sus límites, en Marruecos. No existe, por tanto, una norma de acampada o vivac de montaña como la de otras comunidades. Lo más claro es la prohibición de campamentos y acampadas en las playas que establece la Ley de Costas y que recogen las normas de uso de playas de la Ciudad Autónoma: dentro del Plan de Playas solo pueden habilitarse lugares para tiendas que no se mantengan durante la noche. Para parques y zonas verdes no hemos encontrado ninguna norma que ampare la acampada.
Para el vivac tampoco hemos localizado una norma específica: al no haber territorio de montaña, no hay una figura legal que lo distinga de dormir al raso en cualquier otro espacio público. Antes de intentar cualquier pernocta al aire libre en la ciudad, lo más prudente es preguntar a la Policía Local o a la Consejería de Medio Ambiente.
El fuego sí tiene reglas. El Reglamento de protección de la infraestructura verde, de 2023, prohíbe encender fuego fuera de las zonas autorizadas en los parques periurbanos y forestales y en los espacios de la Red Natura 2000, y una resolución de la consejería prohíbe cualquier barbacoa de junio a septiembre en el Parque Periurbano de Rostrogordo y en los espacios naturales protegidos. Además, la Ciudad Autónoma dicta prohibiciones temporales cuando el riesgo aumenta: en julio de 2024, la Orden 0647 prohibió encender fuego incluso en las zonas habilitadas de Rostrogordo y otras zonas verdes. Comprueba cada verano si hay una prohibición vigente.
El 112 cubre las emergencias en la ciudad. La Federación de Montañismo y Escalada de Melilla, integrada en la FEDME, organiza la actividad federada, que en la práctica se hace sobre todo fuera del territorio de la ciudad.
Normativa citada
- Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas (art. 33.5: prohibición de campamentos y acampadas en las playas) (1988) · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (costas); Ciudad Autónoma de Melilla (normas de uso de playas)
- Orden n.º 0647, de 25 de julio de 2024, del Consejero de Medio Ambiente y Naturaleza, relativa a prohibición temporal de encender fuego en las zonas habilitadas para ello en el Parque Periurbano de Rostrogordo u otras zonas verdes (BOME extraordinario núm. 47) (2024) · Ciudad Autónoma de Melilla (Consejería de Medio Ambiente y Naturaleza)