País Vasco: acampada, vivac, fuego y normas de montaña
Información orientativa revisada el 19 de septiembre de 2026. La norma aplicable es la oficial enlazada.
Acampada, vivac y fuego
Acampada Con restricciones
El artículo 81 del Decreto 396/2013 prohíbe con carácter general la acampada libre con fines vacacionales o de ocio fuera de campings, áreas naturales de acampada y áreas de autocaravanas. Como excepción, respetando la propiedad y el uso del suelo, se admite un conjunto de hasta tres tiendas y diez personas, separado al menos un kilómetro de otro grupo, sin pasar más de tres días en el mismo lugar y nunca a menos de 2 km de un camping ni en los lugares donde no podría instalarse uno (por ejemplo, donde lo prohíba la normativa de espacios protegidos). En los espacios naturales protegidos mandan sus planes (art. 82).
Vivac Sin regulación específica
No hemos encontrado una norma vasca que regule el vivac sin tienda como figura distinta de la acampada: el decreto define la acampada libre por el uso de tiendas, caravanas u otros elementos similares. Dentro de un parque natural o de un espacio de la Red Natura 2000 se aplican sus planes de ordenación y gestión, así que consulta antes con el centro de visitantes o con la diputación foral.
Fuego Con restricciones
Época de peligro: Sin calendario autonómico único: el uso del fuego en el monte lo regulan las normas forales de montes de cada territorio y depende del riesgo diario
Según las recomendaciones oficiales de Emergencias de Euskadi, está prohibido encender fuego en el monte cuando el riesgo de incendio es medio, alto o extremo, y en época de alto riesgo es habitual que el territorio prohíba barbacoas y fogatas incluso en las áreas recreativas habilitadas. El Plan Especial de Emergencias por Incendios Forestales señala como especialmente peligrosos los días de viento sur, seco y a veces muy violento, que en Euskadi pueden darse fuera del verano (como en diciembre de 1989). Consulta el nivel de riesgo del día antes de encender nada.
- Plan Especial de Emergencias por Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Euskadi (3ª revisión), aprobado el 17 de diciembre de 2024 (2024) · Gobierno Vasco - Departamento de Seguridad
- Recomendaciones a la población ante incendios forestales - Emergencias Euskadi (2025) · Gobierno Vasco - Departamento de Seguridad
Antes de salir y en caso de emergencia
Equipo y artículos relacionados
Clubes y federaciones
El País Vasco prohíbe con carácter general la acampada libre, pero su decreto de campings de 2013 deja una excepción pensada para grupos pequeños en tránsito. No hay, en cambio, ninguna regla específica para el vivac ni una excepción por altitud como la de otras comunidades de montaña.
Acampada y vivac
El Decreto 396/2013 prohíbe la acampada libre con fines vacacionales o de ocio fuera de campings, áreas naturales de acampada y áreas de autocaravanas. Excepcionalmente se puede acampar, respetando la propiedad y el uso del suelo, con un máximo de tres tiendas y diez personas, a un kilómetro como mínimo de otro grupo, no más de tres días en el mismo sitio y siempre a más de 2 km de un camping. Tampoco vale en los lugares donde no podría instalarse un camping, lo que incluye los terrenos donde lo impida la normativa de espacios naturales protegidos; en los parques naturales mandan sus propios planes.
El vivac —pasar una noche al raso o con funda, sin tienda— no aparece regulado como tal. El decreto define la acampada libre por el uso de tiendas, caravanas u otros elementos similares, así que dormir con un simple saco queda en una zona gris: dentro de un parque natural como Aizkorri-Aratz, Gorbeia o Urkiola, pregunta antes en su centro de visitantes.
Fuego
Euskadi no tiene un calendario autonómico único de época de peligro: el uso del fuego en el monte lo regulan las normas forales de montes de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. Las recomendaciones oficiales de Emergencias de Euskadi son claras: está prohibido encender fuego en el monte cuando el riesgo de incendio es medio, alto o extremo, y en época de alto riesgo lo normal es que no se permitan barbacoas ni fogatas ni siquiera en las áreas recreativas. El plan de emergencias por incendios forestales advierte de que los días de viento sur, seco y a veces muy fuerte, son los más peligrosos, y pueden llegar en otoño o en invierno.
Emergencias y a quién consultar
Todas las emergencias, incluidas las de montaña, pasan por el 112 (SOS Deiak), que coordina a la Ertzaintza y al resto de servicios. La Euskal Mendizale Federazioa (Federación Vasca de Montaña) agrupa a los clubes de los tres territorios históricos y es la referencia para formación, refugios y rutas señalizadas.
Normativa citada
- Decreto 396/2013, de 30 de julio, de ordenación de los campings y otras modalidades de turismo de acampada en la Comunidad Autónoma de Euskadi (2013) · Gobierno Vasco
- Recomendaciones a la población ante incendios forestales - Emergencias Euskadi (2025) · Gobierno Vasco - Departamento de Seguridad
- Plan Especial de Emergencias por Riesgo de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Euskadi (3ª revisión), aprobado el 17 de diciembre de 2024 (2024) · Gobierno Vasco - Departamento de Seguridad